Ir al contenido principal

Guía del repositorio institucional e-Spacio de la UNED: ANECA y depósito en repositorios insitucionales

Guía del repositorio e-Spacio de la UNED

Valoración de la ciencia abierta en las convocatorias de ANECA

ANECA valora en sus convocatorias de sexenios y acreditaciones la contribución a la ciencia abierta mediante la publicación de los resultados y datos de investigación en acceso abierto, otorgando mayor valor en función del grado de apertura de los mismos. Es preciso consultar el baremo general y los baremos específicos por áreas de conocimiento. Además puedes consultar nuestras guías sobre Acreditaciones y sexenios y Herramientas de evaluación de la investigación.

Depósito de libros y capítulos

Con la entrada en vigor de la Ley 17/2022, del 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la obligatoriedad de depositar en repositorios institucionales, que antes se refería exclusivamente a publicaciones científicas realizadas en revistas o publicaciones seriadas, se extiende también a los libros y capítulos de libros. Acorde a esta norma, desde 2023 la ANECA también valora el depósito en repositorios de acceso abierto de las contribuciones a presentar en sus convocatorias, ya sean artículos, libros, capítulos, software, etc.

Debido a que muchas editoriales de libros científicos poseen los derechos de difusión de las obras y no permiten su depósito en repositorios, en la convocatoria de sexenios de 2023, ANECA estableció lo siguiente en sus Preguntas frecuentes:

¿Cómo se pueden depositar libros o capítulos de libros sólo publicados en papel, embargados o con derechos cedidos? 
El depósito no necesariamente implica la difusión en acceso abierto. Esta convocatoria de sexenios limita su exigencia a que los trabajos a evaluar se depositen, como indica la Ley, aunque este depósito se haga con el contenido embargado, con acceso restringido o completamente cerrado. El atributo “de acceso abierto” se refiere exclusivamente a los repositorios, no a los trabajos depositados en ellos.

En el caso de obras protegidas, embargadas o cuyos derechos de propiedad intelectual hayan sido cedidos a terceros, se debe hacer depósito, agregando los metadatos, en repositorios abiertos y, en la medida de lo posible, el texto completo, aunque la disponibilidad de este en abierto no sea efectiva hasta que se hayan aclarado los derechos o finalizado el embargo. Para obras cuyos derechos de propiedad intelectual hayan sido cedidos a perpetuidad (por ejemplo, libros), solo será necesario depositar los metadatos en el repositorio. 

Por lo tanto, el PDI de la UNED que desee depositar libros o capítulos con derechos embargados, debe enviar al repositorio dichos archivos para su custodia, siendo solamente publicados los metadatos de la obra. Si no se conoce si la editorial autoriza o no el depósito, el PDI debe contactar con ella y recabar, en su caso, su autorización por escrito.

Más información: Preguntas frecuentes ANECA sexenios 2023

Depósito de aportaciones en repositorios insitucionales para sexenios y acreditaciones